domingo, 24 de febrero de 2013

Sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción en caso de espectáculos públicos en los que se subcontrata el expendio de los tickets y a su vez esta subcontrata el cobro del precio





Informe Nº 019-2013-SUNAT/4B0000







Sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción en caso de
espectáculos públicos en los que se subcontrata el expendio de los tickets y a
su vez esta subcontrata el cobro del precio




La SUNAT ha absuelto la
consulta en comentario referida al régimen del SPOT aplicable a los  espectáculos públicos, señalando que en caso
el promotor de un espectáculo público contrate a  una empresa “ticketera” para el expendio de
los tickets, y a su vez, esta última empresa subcontrate a otra para realizar
la recepción del dinero del público correspondiente a la entrada o precio del
espectáculo, el sujeto obligado a efectuar el depósito de la detracción es la empresa
“ticketera”.




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